viernes, 12 de julio de 2013

MOVIMIENTO OBRERO AGRARIO EN LA SEGUNDA REPÚBLICA Y GUERRA CIVIL EN FUENTE ÁLAMO (Actualización 1 de mayo de 2017)


En la entrada dedicada al asociacionismo en Fuente Álamo hicimos referencia a la Sociedad Obrera de Trabajadores de la Tierra «La Espiga Floreciente», y a la que también dedicamos una entrada. Con la presente queremos actualizar y  completar, aportando nuevos datos con respecto a su filial Cooperativa de Agricultores, “La Espiga Floreciente” y hacer un breve estudio del movimiento obrero en Fuente Álamo.
Recordaremos que según los archivos de la UGT referentes a las Sociedades obreras y movimiento obrero de Jaén, entre los años 1870–1939  aparece en Fuente Álamo en la II República, en concreto en el año 1932, la  Sociedad Obrera de Trabajadores de la Tierra «La Espiga Floreciente» afiliada a la  FNTT-UGT.
(Encontramos otras asociaciones similares en Las Caserías de San Isidro, 1932, S. O. de Trabajadores de la Tierra «La Flor Naciente» FNTT-UGT.  En  Las Grajeras, 1937 S. O. de Trabajadores de la Tierra «La Defensa del Trabajo» FNTT-UGT Andadura hacia la libertad 53; En  Mures, 1919 Sindicato «Liquidación del Derecho» CNT 1933 S. O. de Trabajadores de la Tierra «Germinar» FNTT-UGT; o en La Rábita en 1931, S. O. de Trabajadores de la Tierra «El Faro de la Verdad» afiliada a FNTT-UGT).
La Sociedad Obrera de Trabajadores de la Tierra «La Espiga Floreciente» de Fuente Álamo, fue creada el 13 de mayo de 1931, un mes después de la proclamación de la II República, pero antes de la promulgación de la Constitución de 1931 (9 de diciembre). El director de la Comisión Organizadora encargada de su creación y la redacción de sus estatutos y reglamento, fue D. Domingo Cano, estableciendo su domicilio en calle Fuente, nº 21.
Fue presentado su Reglamento, a los efectos del Art. 4 de la Ley de Asociaciones de España de 1887, el 16 de mayo de 1931, en el Gobierno Civil de Jaén, siendo gobernador D. Víctor Rubio.

(Ley de Asociaciones de España de 1887  disponía que en el mismo acto de entrega de estos documentos, se devolvería a los interesados uno de los ejemplares con la firma y sello del Gobernador de la provincia y anotación de la fecha de entrega. En el caso de que los documentos presentados no reunieran las condiciones exigidas en dicho artículo 4 de la Ley, el Gobernador daría traslado de ellos a los interesados, con expresión de la falta de que adolecieran, no pudiendo constituirse la asociación mientras subsistiera la falta).

               El Art. 1º de su Reglamento establecía como objeto, el agrupar a los trabajadores agrícolas y de varios oficios de esta aldea, con el fin de mejorar la condición moral y material de sus asociados y luchar por la emancipación de la clase.
               En principio, la sociedad se abre a todos los obreros, pertenezcan o no al gremio de agricultores, siempre que estén conformes con lo establecido en el Reglamento y los acuerdos que se tomen. Teniendo en cuenta que la sociedad obrera fuentealameña era fundamentalmente campesina, por lo que cuando se refiere a obreros que no pertenezcan al gremio de agricultores, lo hace de una forma genérica y en base a copiado de sus articulados de normas generales establecidas, en todo caso, se podría pensar en cabreros, zapateros, carpinteros, ayudante de panadería,  que en Fuente Álamo no supondría ni un 5 % de los obreros, es decir, de una población activa de 100 obreros, 5 no serían agricultores.

               La cuota de ingreso era de una peseta, pudiendo ser aumentada o suprimida a propuesta de la Directiva y fuera aprobado por la Junta General. Todos los asociados, a excepción de los enfermos pagarían la cuota mensual de sesenta céntimos, pudiendo ser dados de baja si adeudaban más de 3 mensualidades. Estableciendo en el Art. 49 del Reglamento, que los fondos que ingresasen en la caja social se destinarán a sufragar los gastos de oficina, propaganda, domicilio social y entretenimiento; a indemnizar a los asociados sufran por defender los intereses de la Asociación por encargo de la Junta general, o Directiva en casos urgentes, o se ocupen en trabajos extraordinarios o desempeñen comisiones especiales que les impidan atender a sus ocupaciones particulares; y a todo aquello no previsto en su reglamento y que resulte útil y beneficioso al objeto de la Asociación.
               Según el Art. 6 de su Estatuto, podían ingresar los mayores de 16 años, si bien sólo tendrían voz pero no voto en la Juntas Generales; los propietarios, siempre que no paguen contribución superior a 50 pesetas al año, y arrendatarios si trabajan o pueden trabajar cien días al año por cuenta ajena; las mujeres, en las mismas condiciones que los hombres, sin necesidad de autorización paterna, marital, ni tuitiva, estableciéndose así, los principios de igualdad que ya se respiraban en la II República, así como los obreros que hayan trabajado antes durante un año en cualquiera de los oficios y no tenga adquirida la condición de patronos.

               En su Estatuto, en la declaración de principios, hace suyos los que informan el Partido Socialista, La Unión General de Trabajadores de España y la Federación Española de Trabajadores de la Tierra y se amplían la denominación Sociedad de Trabajadores de la Tierra “La Espiga Floreciente”, de Fuente Álamo, y los fines, son el mejorar moral y materialmente las condiciones de vida de los obreros; prestar ayuda a pequeños  propietarios para conseguir que los  impuestos que gravitan sobre ellos sean sustituidos por un impuesto progresivo sobre la renta; ayudar asimismo a los pequeños colonos para que sean respetados sus derechos por los propietarios de la tierra en los casos de abono de mejoras hechas en la finca, duración de los contratos, limitación de la renta, etc. Etc.;

               En el apartado Quinto establece también como fin el  crear en donde se crea conveniente Cooperativas de agricultores, filiales de esta Sociedad, que vengan a liberar a los cultivadores de suelo de los acaparadores de sus productos; preparar por medio de la educación técnica, agrícola y social a los hombres para que un día puedan dirigir la producción en beneficio de la sociedad. Así surge la Filial Cooperativa de la Sociedad de Agricultores, “La Espiga Floreciente” que meses antes del inicio de la Guerra Civil en concreto el 10 de abril de 1936 aprobó la conveniencia de solicitar en arrendamiento, la finca denominada Cortijo “Clavijo” propiedad del Excelentísimo Ayuntamiento de Alcalá la Real, cuando terminase el contrato que aquel tenía en arriendo y que finalizaba el quince de Agosto del año en curso. La Guerra Civil estalló el 18 de Julio. En dicha acta se establecía:
En la Aldea de Fuente-Álamo, anejo al término municipal de Alcalá la Real, a diez de Abril de mil novecientos treinta y seis. Siendo las veintiuna de su noche se reúne en junta general extraordinaria la Filial Cooperativa de la Sociedad de Agricultores, denominada “La Espiga Floreciente” en su domicilio social, bajo la presidencia del compañero Rafael Moreno Ibáñez y actuando de Secretario Vicente Aguilera Castillo.
Acto seguido por el presidente se dio por empezado el acto con la propuesta de la Directiva en la que figura, la conveniencia de solicitar en arrendamiento, la finca denominada Cortijo “Clavijo” propiedad del Excelentísimo Ayuntamiento y que está enclavada en la proximidad de esta Aldea. Seguidamente se procedió a la discusión y aprobación de esta propuesta, acordándose por unanimidad solicitarla al Excelentísimo Ayuntamiento, nos la conceda en arrendamiento a esta entidad Cooperativa, cuando termine el contrato que este tiene en arriendo y que finaliza el quince de Agosto del año en curso. Y no siendo otro el objeto de la reunión se da por terminado el acto, siendo las veinticuatro horas del día.

Vº Bº                            Vocales                         El Secretario
El Presidente               Marcos Moreno          Vicente Aguilera
Rafael Moreno            Antonio Castillo

El arrendamiento del Cortijo de Clavijo al Ayuntamiento de Alcalá la Real se convirtió en el principal objetivo de la Cooperativa, con la intención de explotar la tierra en régimen cooperativo y conforme a lo establecido en el Estatuto y Reglamento de la  Sociedad Obrera de Trabajadores de la Tierra «La Espiga Floreciente», y con la intención de “liberar a los cultivadores de suelo de los acaparadores de sus productos”. Desgraciadamente el intento quedó frustrado con el inicio de la Guerra Civil, no obstante, la Sociedad continúo relativamente funcionando durante la contienda, pues Fuente Álamo permaneció en zona republicana, y prueba de ello es que el 4 de mayo de 1937, en plena guerra, se expiden cartillas, en concreto la nº 2 a favor de Matías Pérez Lizana, siendo el secretario Antonio Moreno. Los socios continuaron pagando sus cuotas, se produjeron también algunas bajas así el socio nº 3 que había ingresado el 1 de marzo de 1936, pasó a ser el nº 2  en mayo de 1937. Durante la contienda se produjeron las incautaciones de los cortijos de Juan Díaz Aguilera (Coscojar y Cabrera), Francisco Serrano, Francisco de Córdoba (Baño y Vega), y el referido de Clavijo o del Hospicio, para la colectividad, siendo presidente del Comité Local, Matías Pérez Lizana, secretario Mateo Pérez Lizana, y vicepresidente Fernando González Arjona.
Como colofón podemos decir que tan ansiado objetivo de parcelar el Cortijo de Clávijo se consiguió a finales de los setenta (1979) con la restauración democrática. En un principio, el latifundio fue dividido en parcelas en régimen de arrendamiento. En un primer intento de reparto se apuntaron todos los agricultores de Fuente Álamo. Con suerte le tocó a unos que tenían ya parcelas y a otros que no tenían no les tocó, por lo que se decidió que el reparto fuera solo para los jornaleros que no tenían tierra  o menos de una fanega, estuviesen dados de alta en la cartilla agrícola y fueran los más necesitados. Así que fueron 21 fuentealameños los aparceros agraciados  (3 parcelas a cada uno), por las que tenían que pagar una renta anual de 6.500 pesetas al Ayuntamiento de Alcalá la Real. Después a finales de los años noventa del siglo pasado pudieron acceder a la propiedad mediante compra. Pienso que estos propietarios deben estar eternamente agradecidos a aquellos obreros republicanos, que la Guerra Civil y el Franquismo les dejó sin tierra, pero que pusieron en marcha el movimiento obrero fuentealameño.

3 comentarios:

  1. Enhorabuena,Domingo, por este documento y su comentario. En verdad que no corrió la misma suerte la S.O Defensa Mutua de la aldea de Santa Ana, ya que pretendía los mismos objetivos con las tierras del actual polígono del Chaparral.
    Creo que la lucha obrera se dignifica con estos obres, pero se engrandece también con las políticas de los que desarrollan esta posibilidad en los gobiernos locales. Pues, estas propiedades formaban parte de la Fundación del Abad Moya con un destino socioreligioso, pero fue transformado por otros ayuntamientos como fondos de la Beneficencia Municipal en el siglo XIX. Y en el siglo XX, se incluyeron como bienes propios del propio ayuntamiento, lo que permitió su arrendamiento a las colectividades y, finalmente, dar la tierra para los que la trabajan. Pero tomaron esta decisión en favor de los obreros, en vez de mantener dichos concursos como recursos municipales.
    Un Abrazo. Y reitero mi aplauso por tu análisis de esta Sociedad y otras publicaciones de Fuente Álamo.

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    1. Muchas gracias Paco, por tu aportación y comentarios, como siempre enriqueciendo la publicación con esos datos que la complementan y tan brillantemente detallados. Cuánta razón tienes en que las políticas locales son necesarias para que esas iniciativas obreras prosperase y se consiguiese el último fin de que la tierra es para quien la trabaje. Me he dado cuenta que el trabajo quedaría incompleto, sin reconocer que fue la Corporación Local de la que tu formaste parte, en aquellos inicios de la democracia local (1979), la que hizo posible que la tierra quedase en manos de aquellos agricultores fuentealameños con rentas más bajas, haciendo justicia obrera y evitando aquellos concurso “amañados” que siempre le daba la tierra a los mismos terratenientes.
      Un abrazo y agradecerte esas magnificas publicaciones que haces en tu blog “Casas de Cabildo”, que sigo puntualmente y del que extraigo algunas notas.

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  2. corrijo hombres los socios de la colectividad

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